(2024) 5 TWAIL Review 180-203
ISSN 2563-6693
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Este artículo sostiene que el derecho internacional está estructurado de manera que refuerza sistemáticamente el daño ecológico. Al explorar el entorno cultural del que surgió el derecho internacional ambiental, argumentamos que produce una comprensión empobrecida de la naturaleza, incapaz de responder adecuadamente a las crisis ecológicas. Muchos de los conceptos básicos del derecho internacional, como la soberanía, la jurisdicción, el territorio, el desarrollo y los derechos humanos, han evolucionado en trayectorias inadecuadas para percibir o respetar los límites ecológicos. El derecho internacional trata a la naturaleza como un recurso para la generación de riqueza y a la degradación ambiental como una externalidad económica que debe gestionarse a través de regímenes especiales. Este capítulo rastrea la coevolución de tales supuestos sobre la naturaleza junto con los conceptos claves que formaron la disciplina, argumentando que tales entendimientos han sido centrales para la creación del derecho internacional y que la disciplina ha ayudado a universalizarlos y normalizarlos. Por lo tanto, para abordar los desafíos ambientales, los principios de la disciplina tendrían que evolucionar en direcciones que transformen radicalmente la naturaleza del derecho.

